Hoy se abre el plazo de presentación para acceder a las ayudas del Programa Neotec del CDTI.

Este programa está destinado a la financiación de la puesta en marcha de nuevos proyectos de pequeñas empresas innovadoras. Proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora; y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

El plazo de presentación concluye el 5 de julio de 2022. El plazo máximo de la convocatoria es de 35.000.000 euros.

Características de la ayuda

Se trata de subvenciones de hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario. Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, se podrán financiar de hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Además, existe la posibilidad de acceder a un curso en el «Enterprise Innovation Institute» de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación y cumplan los requisitos.

El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 euros. Tienen que ser proyectos de 1 o 2 años de duración y deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023. Las actuaciones tendrán que respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio DNSH), lo que comporta el cumplimiento de condiciones especificas.

Objetivos

Los beneficiearios deben ser nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora; y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología; ni las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente o tengan relación con combustibles fósiles.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo. Se podrán financiar los siguientes gastos: inversiones en equipos; gastos de personal; materiales; colaboraciones externas / asesoría; tros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes; así como otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.

En esta convocatoria también serán subvencionables los gastos de promoción y difusión, así como los gastos de formación.

Aplicación on line en sede electrónica.

Convocatoria publicada.