La empresa Atersol, integrada en el Parque Científico y Tecnológico de Castilla-La Mancha, explica en este artículo algunos conceptos relacionados con las consultas más frecuentes que reciben sobre el autoconsumo colectivo y las comunidades energéticas.
¿Qué es el Autoconsumo Colectivo?
Con la legislación actual de Autoconsumo, ahora se puede tener una planta generadora de energía fotovoltaica que se comparte entre varios consumidores directamente, esto se llama Autoconsumo Colectivo.
Por ejemplo, podría ser una Comunidad de Vecinos de un edificio, con una Planta generadora en la terraza. Esto ya hace un tiempo que es legalmente posible. Pero, el problema principal para que no se haya desarrollado más esta idea, es la rigidez en la distribución de las cuotas de participación de la energía generada, que ahora sólo puede ser una cuota fija y esto no se adapta a los hábitos de consumo de cada vecino.
Con esta misma idea, también se puede colocar una planta generadora en una nave industrial en un polígono y que se beneficien de esa energía generada varias empresas vecinas.
Premisas legislativas
La condición actual que marca la legislación a los consumidores (y a la planta de generación) para que puedan usar la Red de Distribución, es que se cumpla al menos una de estas premisas:
1, Que se conecten en Baja Tensión al mismo transformador
2. Que no estén separados más de 500 metros en proyección ortogonal
3. O que estén en la misma referencia catastral (tomada como tal si coinciden los primeros 14 dígitos).
¿Qué es el Autoconsumo Colectivo Dinámico?
El problema de las cuotas fijas de participación se va a solucionar en breve, pues se van a aprobar las normas para un Autoconsumo Colectivo que se ha llamado “dinámico”, que permitirá adaptar mucho mejor las cuotas de autoconsumo de cada participante, en función de su consumo real horario.
¿Qué son las Comunidades de Autoconsumo Colectivo?
A una agrupación de vecinos o de empresas le podemos llamar si queremos Comunidad Solar. Pero, el mejor nombre para no confundirnos es el de Comunidades de Autoconsumo Colectivo.
Ya hay que tener claro que no se constituye ninguna entidad especial entre los participantes, sólo se acogen todos a la legislación existente de Autoconsumo.
¿Qué es una Comunidad Energética?
Desde hace algún tiempo existen las Comunidades Energéticas que sí se constituyen como entidades legales y pueden dedicarse a generar y comercializar energía entre todos los que se asocien. Aquí no hay restricciones de proximidad, ya que no se trata de un Autoconsumo.
Dentro de este tipo de Comunidades, destacan las denominadas Comunidades Energéticas Locales, que tanto la Comunidad Europea como en España el IDAE, están intentando promover.
La característica que lo distingue es el adjetivo de “Local”. Este adjetivo implica, no sólo una cierta proximidad entre los participantes, sino la participación, como uno más, de las entidades municipales.
Se trata de Comunidades sin ánimo de lucro y que buscan el beneficio de los vecinos y asociados (particulares, empresas o entidades) vía la reducción de costes energéticos. Se consideran un instrumento más en la transición al nuevo modelo energético y que facilitará el desarrollo local.
Definiciones de Comunidad Energética
Como es un tema aún en desarrollo, hay varias definiciones, como por ejemplo esta:
“Una Comunidad de Energía es una entidad legal donde los ciudadanos, las PYMES y las autoridades locales se unen, como usuarios finales de energía, para cooperar en la generación, la distribución del consumo, el almacenamiento, el suministro, la agregación de energía de fuentes renovables u ofrecer eficiencia energética y/o servicio de gestión de la demanda.“
Para profundizar sobre este interesante tema, el IDAE ha editado un documento denominado Guía para el Desarrollo de Instrumentos de Fomento d Comunidades Energéticas Locales. En la Guía se recogen, entre otros temas:
- Los factores de éxito de comunidades energéticas en diferentes países
- Las barreras identificadas
- Los modelos de propiedad que se dan en las comunidades energéticas locales
- El marco de fomento de comunidades energéticas en términos legales y normativos, tecnológicos y sociales
- Tipologías de comunidades energéticas
- Los conocidos “stakeholders”
- Identifica los retos a superar para un exitoso desarrollo de comunidades energéticas;
- Recomendaciones enfocadas a la definición de instrumentos de apoyo, diferenciando entre los instrumentos legales, financieros y de comunicación e informativos
- Fases de desarrollo de una comunidad energética local, identificando sus necesidades y posibles apoyos en cada fase. Estos apoyos los puede prestar la administración pública o, en algunos aspectos, otras comunidades energéticas más maduras.
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