Ayudas a Pymes y Autónomos. Dentro de la gestión de la crisis sanitaria, la JCCM, ha publicado nuevas ayudas a pymes y autónomos para fomentar el teletrabajo.

El objeto de estas ayudas es la transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia; y la realización de nuevas contrataciones cuya prestación laboral se realice a distancia.

En ambos casos, deberá realizarse en el periodo comprendido desde el 14 de marzo hasta el 6 de noviembre de 2020.

Desde el PCTCLM nos hacemos eco del contenido de estas ayudas del gobierno de Castilla-La Mancha.

Destinatarios

Los destinatarios son:

  •  Autónomos que cuenten al menos con un asalariado a su cargo y que realicen de forma habitual, personal y directa una actividad económica en Castilla-La Mancha.
  •  Pymes que, con independencia de su forma jurídica, ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y estén comprendidas dentro de los siguientes apartados:-La pyme que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros.-La microempresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 2 millones de euros.
  • Comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que ejerzan una actividad económica; tengan ánimo de lucro; o realicen alguna actuación subvencionable conforme a este decreto.

No son considerados destinatarios de estas ayudas:

Las empresas que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura; dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas; que operen en la transformación y comercialización de los productos agrícolas; y actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros.

Ayudas por beneficiario

  • 700 € por cada transformación de puestos de trabajo presenciales en puestos de trabajo a distancia.
  • 3.000 € por la realización de contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.
  • La cuantía de la subvención se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha; o bien en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha.

El plazo de presentación de solicitudes es desde el 7 de octubre al 6 de noviembre de 2020.

Se presentarán de forma telemática con firma electrónica. A través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), rellenando el Anexo I de solicitud.

Las solicitudes de ayudas se tramitarán y resolverán por orden de presentación, hasta el agotamiento de la financiación disponible.

Documentos necesarios para la solicitud

En el caso de transformación a la modalidad de trabajo a distancia de un puesto de trabajo existente, se presentará junto con la solicitud:

-Una memoria explicativa de las condiciones del puesto que se transforma.

-Escrito de comunicación que hace la empresa al trabajador ofreciendo el cambio de las condiciones del puesto de trabajo presencial al del trabajo a distancia.

-Escrito del trabajador de aceptación.

En el caso de un nuevo puesto de trabajo en la modalidad de trabajo a distancia, se presentará junto con la solicitud el contrato de trabajo realizado. Debe reflejar que el puesto de trabajo se va a realizar en la modalidad de trabajo a distancia.

Obligaciones por parte de los beneficiaros

Mantener en el puesto al trabajador correspondiente durante al menos doce meses efectivos desde la fecha de transformación o de creación del nuevo puesto de trabajo.

Si se extinguiera la relación laboral, deberá sustituirse por otro trabajador en las mismas condiciones en el plazo de 30 días y comunicar tal circunstancia.

El beneficiario, en los doce meses siguientes a la transformación o la creación del puesto, deberá aportar documentación acreditativa de este período. Por el mismo medio que la presentación de solicitudes.

 

Más información:

Normativa: Decreto 61/2020, de 29 de septiembre. Aquí.

Tramitación on line: aquí

Contacto: Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social

relacioneslaborales@jccm.es