Préstamos Covid-19. El Gobierno regional ha ampliado en 5 millones de euros el Plan de Préstamos Circulante Covid-19 puesto en marcha por el Instituto de Finanzas de Castilla-La Mancha. 
La finalidad de este plan es proporcionar liquidez a las empresas, autónomos y micropymes; mantener y asegurar el empleo; y reducir los efectos negativos de la pandemia. Una iniciativa que pone especial atención a empresas del sector de la hostelería, artesanía y comercio de proximidad.
Desde el PCTCLM recordamos en qué consiste este Plan.

Objetivos

Los objetivos pasan por facilitar financiación a las Pymes para atender las necesidades de financiación. Necesidades derivadas, entre otras cosas, de pagos de salarios; facturas; necesidad de circulante; u otras necesidades de liquidez.
El destinatario final debe ser Empresario/a individual (Autónomo) o empresas, con o sin personalidad jurídica. Por ejemplo, Sociedades Limitadas o Comunidad de Bienes, respectivamente. En cualquier caso deberán ser pequeñas y medianas empresas (Pymes).

Productos

Préstamos a Pymes que requieran financiación para operaciones de circulante. Se establecen dos líneas de préstamos diferenciadas por el sector al que pertenezca la PYME:
  • Préstamo circulante COVID-19 Hostelería, Artesanía y Comercio de Proximidad. Se trata de préstamos a Pymes cuya actividad principal sea el alojamiento; restauración; establecimientos de comidas y bebidas; actividades artesanas; y comercio de proximidad referido al comercio minorista.
  • Préstamo circulante COVID-19. Préstamos a pequeñas y medianas empresas.
Cada una de estas líneas dispone de dos modalidades de préstamo, en función de la categoría de Pyme:
  • MICRO-PRÉSTAMO: Destinado a Microempresas. Importe nominal no superior a veinticinco mil euros (25.000 euros). La cuantía máxima del préstamo no podrá ser superior al 25% de la facturación del ejercicio 2019. Esta limitación no será aplicable para aquellas Pymes con fecha de inicio de la actividad posterior a 31-12-2018. En este caso, se tomará como referencia las necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los próximos 12 meses.
    El tipo de interés será del 1 %. Salvo aquellas que opten por la categoría exenta de ayuda pública, que tendrán un tipo de interés fijo del 6,5%.
  • PYME-PRÉSTAMO: Destinado a Pymes. En este caso, el importe nominal no puede ser superior a cien mil euros (100.000 euros). La cuantía máxima del préstamo no podrá ser superior al 25% de la facturación del ejercicio 2019. Esta limitación no será aplicable para aquellas Pymes con fecha de inicio de la actividad posterior a 31-12-2018. También en este caso, se tomará como referencia las necesidades de liquidez debidamente justificadas y certificadas para los próximos 12 meses.
    El tipo de interés será del 1 % para operaciones de préstamo de cuantía no superior a veinticinco mil euros (25.000 euros); y del 2% para operaciones de préstamo de cuantía superior a veinticinco mil euros (25.000 euros). No obstante, aquellas operaciones que opten por la categoría exenta de ayuda pública tendrán un tipo de interés fijo del 6,5%.

Bases y Condiciones Financieras de la Convocatoria