Almacenamiento energético. El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha abierto  la primera convocatoria de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 18 de enero y finalizará el 20 de marzo.

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (Idae) será el encargado de gestionar estas ayudas, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

OBJETO DE LA AYUDA

Concesión de ayudas públicas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables.

La concesión de ayudas irá dirigida a la  financiación de la adición de almacenamiento a instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables tanto nuevas como ya existentes.

BENEFICIARIOS

a) Empresas
b) Organismos Públicos de investigación
c) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
d) Otros centros públicos de I+D.
e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
f) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
g) Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
h) Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.

MÁXIMO SUBCONTRATACIÓN

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 80 % de la actividad incentivada.

PLAZO DE REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES

Antes de 30 de junio de 2026.

AYUDA (SUBVENCIÓN)

  • Gran empresa: 45%
  • Mediana empresa: 55%
  • Pequeña empresa: 65%
  • Universidades o Centros de Investigación o Tecnológicos sin ánimo de lucro: 100%

La ayuda máxima no podrá superar los 15 millones de euros por empresa y por proyecto.

GASTOS SUBNENCIONABLES Y REQUISITOS

Se considerarán costes elegibles los conceptos relacionados únicamente con la inversión y exclusivamente cuando estén asociados a la actuación objeto de ayuda y que cumplan lo siguiente:

a) Cumplir las normativas local, autonómica, nacional y comunitaria aplicables y, en concreto, las relacionadas con la ejecución y gestión del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
b) Estar relacionados de manera indubitada con la actividad objeto de la ayuda, ser necesarios para su ejecución y estar realizados en el plazo establecido.
c) Ser reales y abonados efectivamente.
d) Existir constancia documental y ser verificables.
e) Para entidades beneficiarias de naturaleza jurídica pública, responder a un contrato o contratos formalizados para llevar a cabo la actuación
OTROS
Cumplimiento DNSH