¿Qué es y para qué sirve la “factura electrónica”? Es la versión digital de la factura tradicional. Será de incorporación inmediata para las empresas que facturen más de 8 millones de euros; y se irá implementando progresivamente para todas las empresas y autónomos.

En este artículo, la consultoría económica-financiera Valdom, alojada en el PCTCLM, nos informa de la importancia de esta herramienta y sus ventajas.

Este año 2024 va ser decisivo para la implantación y puesta en marcha de este proyecto.

Ventajas

Uno de los principales objetivos es reducir la morosidad. Esta finalidad conlleva problemas de liquidez y rentabilidad para muchas empresas. Actualmente, el periodo medio de pago supera los 60 días.
Por lo que la “factura electrónica” es un elemento clave en la gestión interna de su negocio.

Las ventajas son:

1️⃣ Validez legal. Cumplir con la obligatoriedad de factura electrónica en España Ley “Crea y Crece”.
2️⃣ Seguimiento en tiempo real de tus facturas. Agilización de los procesos.
3️⃣ Rapidez en el intercambio de información.
4️⃣ Ahorro de costes, mayor rentabilidad y eficiencia.
5️⃣ Reducción del impacto medioambiental.
6️⃣ Seguridad.
7️⃣ Mejora en la gestión documental.

Suministro Inmediato de Información

Las Empresas que estén acogidas al SII (Suministro Inmediato de Información) deben de entender la diferencia entre el “reporte fiscal” y la “factura electrónica”.

En el SII, las empresas tienen un sistema para enviar el “reporte fiscal” antes de los cuatro días enviárselos a la AEAT con el objetivo de hacer un borrador de la autoliquidación del IVA.

La “factura electrónica” es un documento digital para las empresas y autónomos. Los cuales estarán obligados a expedir, emitir y recibir las facturas electrónicamente con la comunicación si esta aceptada o rechazada, como cuando ha sido pagada, cobrada y tener un registro histórico.

El SII remite a la AEAT datos de facturas, como el número de factura, la fecha, la base imponible, el IVA y el destinatario.

La “factura electrónica” contiene más información. Es decir, toda la información que aparece en papel actualmente, como datos del emisor y receptor; descripción de lo que se vende; importe total; cantidad, etc.

El “reporte fiscal” lo pide la Agencia Tributaria y la “factura electrónica” el Ministerio de Economía.

Tanto el SII como la factura electrónica se dan para que la liquidación del IVA sea de la manera más cómoda y rápida posible.

La adaptación a la Factura Electrónica va a ser obligatoria.